AVISO PUBLICO
REVISION DEL REGLAMENTO NUM. 8398 DE LA

ADMINISTRACION DE SEGUROS DE SALUD DE PUERTO RICO

La Ley Núm. 72-1993, según enmendada, creó la Administración de Seguros de Salud (en adelante, la Administración) con el propósito primordial de implantar, administrar y negociar, mediante contratos con aseguradores y/u organizaciones de servicios de salud, un sistema de seguros de salud que le permitiera, a la población médico-indigente de Puerto Rico, recibir cuidados médico-hospitalarios de calidad. Consecuentemente, la Asamblea Legislativa le confirió a la Administración la facultad de “[a]probar, enmendar y derogar reglamentos para regir los asuntos y actividades de la Administraci6n y para prescribir las reglas y normas necesarias para el cumplimiento de sus funciones y deberes conforme a la Ley 38-2017, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

Además, conforme a la Ley Núm. 95 de 29 de junio de 1963, según enmendada por el Plan de Reorganización Núm. 3 de 2010, conocida como la Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos- (en adelante, Ley 95), la Administración es la corporación publica facultada para gestionar y contratar los beneficios de salud para los empleados públicos del Gobierno de Puerto Rico (incluyendo a los pensionados) e implementar las disposiciones de la antes mencionada Ley. El Articulo 2, sobre Declaración de Política Publica, del Plan de Reorganización de 2010 establece que se transfieren dichas facultades de negociación y contratación a la ASES para que tanto el Gobierno de Puerto Rico como el empleado público se beneficien de la experiencia, capacidad y pericia en negociación que posee ASES. Este Reglamento se promulga en virtud de la autoridad conferida a la ASES por el apartado (g) de la Sección 4 y el apartado (a) de la Sección 9 de la Ley 95 y el Plan de Reorganización Núm. 3 del Año 2010…mas información

Reglamento Ley 95